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Adolfina Mejia
enero 31, 2024
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Advierten coloca en grave riesgo a periodistas, abogados, médicos y sacerdotes, obligándolos a entregar información
Surun Hernández, expresidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), indicó que la legislación también viola el derecho a la intimidad, el secreto profesional del abogado, del médico, la libertad de empresa, el principio de transparencia del Estado y afecta el principio de separación de los poderes públicos, en violación de los artículos 4, 7, 8, 44, 49, 50, 51, 69, 70, 74, 169 y 138 de la Constitución Dominicana.
“Lo peligroso de dicha ley, no solo radica en su artículo 11, sino además en el artículo 26 , que consagra que periodistas, abogados, médicos, bancos, telefónicas, todo ente privado o público que no entregue información al DNI será condenado de 2 a 3 años de cárcel, con lo que termina el secreto profesional del abogado, la cláusula de conciencia del periodista, el secreto de los archivos médicos, el secreto bancario, el secreto de las telecomunicaciones, sin fiscalización de un juez, institucionalizando el caliezaje de Estado, todo al margen del artículo 11 ”, manifestó el jurista.
Señaló que con la pieza igualmente se legitima la vieja práctica de interceptación telefónica a opositores y comunicadores, al tenor del artículo 9, numeral 6, de dicha ley, que autoriza al DNI a escuchar y espiar las comunicaciones electrónicas de quienes, a juicio del director, sean de interés.
“No puede haber una ley que instituya una verdadera dictadura de información al mejor estilo de Augusto Pinochet o Trujillo, donde se despoja al Ministerio Público de su rol de jefe de la investigación penal, y se constituye al DNI como amo y señor de la persecución penal de opositores”, enfatizó.
El profesional del Derecho agregó que “esperamos que el presidente de la República cumpla su obligación de convocar una legislatura para que el Congreso Nacional devuelva el sosiego democrático al pueblo dominicano”.
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